Según el artículo 8 de nuestros Estatutos:
- Actividades dirigidas no solo a personas asociadas sino también a cualquier beneficiario que reúna las condiciones exigidas por sus propios fines.
- Mantener contacto con las autoridades locales para la consecución de una asistencia eficaz que abarque aspectos médico, pedagógico, psicológico, jurídico y social.
- Reivindicar la aplicación de los derechos sanitarios y el reconocimiento de nuevos derechos para alcanzar el desarrollo de una vida autónoma e independiente, respetando la diversidad.
- Promover una actitud favorable en la sociedad en general para potenciar y aprovechar las capacidades de las Personas Con Enfermedad Mental (PCEM).
- Servir de centro consultivo, información y orientación para las familias de las personas con enfermedad mental o para cualquier otra persona a la que interese esta causa.
- Crear recursos de asistencia social y de ayuda en sus distintos y variados aspectos que afecten a las personas con enfermedad mental.











